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REGLAMENTO DE ADMISIÓN

LIMA - PERÚ

AGOSTO 2008-II

 

CAPITULO I

 

Art. 1ºEl presente Reglamento norma el Proceso de Admisión a la Universidad Peruana Simón Bolívar para los Periodos Académicos 2007-I y II, 2008-I y II; teniendo como base legal los dispositivos que se indican a continuación:

  1. Ley Universitaria Nº 23733
  2. Ley de CONAFU y su Reglamento Nº 27364
  3. Ley General de Educación Nº 28044
  4. Ley de Procedimiento Administrativo  Nº 27444
  5. Resolución Nº 349-2006-CONAFU que autoriza el Funcionamiento provisional de la universidad.
  6. Estatuto de la Universidad Peruana Simón Bolívar.

 

 

CAPITULO II

GENERALIDADES

Art. 2º  El Concurso de Admisión es el proceso que tiene por objeto evaluar y seleccionar a los postulantes con perfil intelectual, aptitudes socio-emocionales y con conocimientos que acrediten idoneidad para acceder a una de las vacantes aprobadas en la resolución Nº 349-CONAFU-2006 de Autorización de Funcionamiento Provisional de la Universidad.

Art. 3º  La Universidad admite estudiantes mediante concurso de Admisión, una o dos veces cada año.

Art. 4º  El Proceso de Admisión estará a cargo de la Comisión de Admisión, nombrado mediante Resolución de la Presidencia de Comisión Organizadora y cumple las funciones de organización, administración y ejecución de todas las acciones concernientes al mencionado proceso y estará en coordinación con la Vicepresidencia Académica de la universidad.

Art. 5º  El Proceso de Admisión estará bajo la supervisión de la Vicepresidencia Académica de la universidad.

Art. 6º  La Comisión formulará su presupuesto y lo elevará a la Gerencia General  para su aprobación. La ejecución del mismo con sujección a las normas está a cargo del Presidente de la Comisión de Admisión. Para el cumplimiento de sus funciones, la Comisión de Admisión contará con el apoyo logístico indispensable de las áreas administrativas, debiendo presentar su balance al término del proceso.

Art. 7º El concurso de Admisión no es un proceso discriminatorio por lo que no contiene requisitos que constituyan discriminación o anulación de derechos, mas bien garantiza las mismas oportunidades para todos los postulantes.

Art. 8º No podrán participar en la conducción de proceso de admisión, quienes tengan parentesco hasta el cuarto grado de consaguinidad o segundo grado de afinidad con algún postulante o mantenga relación con alguna academia preuniversitaria. Quienes incurran a esta falta serán sancionados de acuerdo a Ley.

 

 

CAPITULO III

DE LAS MODALIDADES DE ADMISIÓN

 

Art. 9º El Concurso de Admisión a la universidad se efectúan en las modalidades siguientes:

  1. Concurso de Admisión Ordinario
  2. Concurso de Admisión Extraordinario
  3. Concurso de Admisión mediante el Centro Preuniversitario

 

 

CAPITULO IV

DEL CONCURSO DE ADMISIÓN ORDINARIO

 

Art. 10º El Concurso de Admisión ordinario a nivel de pre-grado está orientado para los postulantes egresados de educación secundaria o sus equivalentes a quienes se les aplicara una prueba general de admisión. A dichos postulantes se les aplicará una Prueba General de Aptitud académica y conocimientos

Art. 11º El número total de vacantes  para el Concurso de Admisión está de acuerdo a lo previsto del PDI aprobado por CONAFU. La variación o redistribución del número de vacantes lo acuerda la universidad, solicitando al CONAFU su autorización para  su implementación.

Art. 12º El concurso de admisión ordinario se realizará uno o dos veces al año.

Art. 13º    Los postulantes a la universidad por esta modalidad deberán presentar los siguientes documentos:

  1. Formulario de Inscripción debidamente llenado.
  2. Copia del comprobante de pago por derecho de inscripción al  concurso de admisión.
  3. Certificados Originales de estudio de los 5 años de educación secundaria.
  4. Partida de nacimiento original o copia legalizada del DNI, de acuerdo a la edad del postulante.
  5. Tres fotografías actualizadas tamaño carné fondo blanco.

 

Art. 14º Si existiera empate entre dos o más postulantes en esta modalidad en el último lugar, se tomará en cuenta el promedio de notas de los estudios cursados en al educación secundaria.

Art. 15º Si el número de postulantes a una carrera profesional es mayor que el número de vacantes asignadas para la misma en el proceso de Admisión, éstas son cubiertas en estricto orden de merito y el puntaje mínimo con el cual un postulante alcanza su condición de ingresantes a la misma es el promedio aritmético de las notas alcanzadas por todos los postulantes a dicha carrera. En el caso el número de postulantes sea menor al número de vacantes adquirirán la condición de ingresantes los postulantes que alcancen por lo menos el puntaje mínimo del promedio aritmético de todos los postulantes a dicha carrera.

 

 

CAPITULO  V

DEL CONCURSO DE ADMISIÓN EXTRAORDINARIO

Art. 16º  Están exonerados del procedimiento ordinario de admisión a las universidades:

  1. Los titulados o graduados en otros centros educativos de nivel superior.
  2. Quienes hayan aprobado en dichos centros de educación por lo menos dos periodos lectivos semestrales o uno anual o treinta y seis créditos, como mínimo.
  3. Los dos primeros alumnos de los centros de nivel  secundario., respecto a las universidades de la región.
  4. Deportistas calificados.
  5. Personas con discapacidad.

Art. 17º En los casos a) y b) los postulantes se sujetan a una evaluación individual, a la convalidación de los estudios realizados en atención a la correspondencia de los sílabos, a la existencia de vacantes  y a los demás requisitos que establece la Universidad. Para lo cual la Universidad presentará al CONAFU los convenios o  acuerdos celebrados con centros  educativos de nivel superior para su aprobación.

Art. 18º Los postulantes por la modalidad de Exonerados por poseer titulo profesional o Grado Académico otorgado por una Universidad del Perú o del extranjero o los titulados en otros centros de educación superior con los cuales la Universidad tiene convenios aprobados por CONAFU deberán presentar los siguientes documentos:

  1. Fotocopia autenticada de la universidad de origen o de grado académico, en caso de ser ésta  una universidad de centro educativo de nivel superior peruana. Si la universidad de origen fuera extranjera deberá presentar  título revalidado o Grado Académico reconocido por una universidad nacional o por la ANR.

 

  1. Certificado de estar en servicio activo expedido por la dirección de personal correspondiente o copia autenticada de la situación que los coloca en situación de disponibilidad (el título obtenido en la escuela de oficiales y superiores de las fuerzas armadas y policía nacional de Perú, según sea el caso)
  1. Certificados oficiales en original de los estudios universitarios o análogos en centros de educación superior.

 

  1. En el caso de que el postulante proceda de una Universidad del extranjero deberá presentar los certificados de estudios, los títulos o grados legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores y traducidos al español, si fuera el caso.

Art. 19º Para inscribirse como postulante en la modalidad de traslado externo (b), deberán acreditar los siguientes documentos:

  1. Certificados originales de estudios universitarios que acrediten por lo menos tener aprobados dos periodos lectivos, o uno anual o 36 créditos, como mínimo

 

  1. Constancia original  de ingreso a la universidad de  procedencia
  1. Constancia de no haber sido separado de su institución de procedencia por medida disciplinaria o falta grave.

 

Art. 20º Los estudiantes que hayan ocupado el primer y segundo puesto  de Centros educativos de nivel secundario, pueden postular a la Universidad mediante la modalidad extraordinaria, es decir, exonerados del Concurso de Admisión ordinario.

Art. 21º Para acogerse a  esta modalidad los postulantes deberán acreditar su condición de tal presentando:

  1. Constancia original de director del centro educativo del cual procede que acredite el orden de mérito en el que se encuentra, visado por la USE correspondiente

 

Art. 22º Los postulantes  exonerados del concurso de admisión por haber ocupado los dos primeros lugares presentarán además los siguientes documentos:

  1. Comprobante de pago por derecho de inscripción.
  2. Solicitud de Inscripción
  3. Formulario de Inscripción debidamente llenado
  4. 3 fotografías actualizadas tamaño carné
  5. Certificado originales de los 5 años de educación secundaria
  6. Partida de nacimiento o copia legalizada del DNI de acuerdo a la edad del postulante.
  7. Copia legalizada del libreta militar en caso lo tuviere.

 

Art. 23º Si el número de postulantes por cada modalidad es mayor al número de vacantes asignadas a la misma, los postulantes se someterán a una prueba especial de admisión  y las vacantes serán cubiertas por orden de mérito.

Art. 24º Si existiera empate de 2 o más postulantes en esta última modalidad se tomará en cuenta el promedio de notas de los estudios cursados en la institución de origen.

Art. 25º Los deportistas peruanos reconocidos en el ámbito nacional e internacional que acrediten su condición de seleccionado nacional y/o haber participado en los últimos años en certámenes nacionales y/o internacionales, tienen derecho a solicitar  ingreso a la universidad mediante esta modalidad. Las disciplinas deportivas consideradas son: ajedrez, arco, atletismo. Artes marciales, baseball, basketball, boxeo, ciclismo, canotaje, football, gimnasia, kayak, judo, levantamiento de pesas, lucha, nado sincronizado, remo, natación. Voleyball, saltos ornamentales, taekwondo, waterpolo, etc.

Art. 26º Para inscribirse como postulantes a esta modalidad es necesario presentar los siguientes documentos:

 

  1. Credencial como miembro de la selección departamental o nacional y/o haber participado en certámenes nacionales o internacionales dentro de los últimos años y tener actividad permanente en el deporte de su selección.
  1. Carta de presentación del presidente del IPD

 

  1. Constancia de no haber sido sancionado por falta grave o actividades antideportivas por tribunales correspondientes.
  1. Compromiso de participación en la representación del equipo de la universidad en el deporte de su especialidad en todos los eventos deportivos en que la universidad lo requiera.

 

  1. Además los documentos requeridos en los incisos a), b), c), d), e) y f), del artículo 22 del presente reglamento.

 

Art. 27º  Los postulantes mediante esta modalidad, para adquirir la condición de ingresantes a la universidad, deberán someterse a una evaluación vocacional, aptitudinal y socio-emocional que será diseñada por la Comisión de Admisión.

Art. 28º Si existiera empate entre dos o más postulantes en esta modalidad en el último lugar, se tomará en cuenta el promedio de notas de los estudios cursados en la educación secundaria

Art. 29º En cumplimiento del articulo 26 de la ley 27050, Ley general de la persona con discapacidad, la universidad reserva el 5% de las vacantes autorizadas para personas con discapacidad, quienes accederán a este centro de estudios previa evaluación.

Art. 30º Para inscribirse como postulante en esta modalidad es necesario presentar los siguientes documentos:

  1. Resolución  del CONADIS que acredite la condición de discapacidad del postulante.

b.  Los documentos requeridos en los incisos a), b), c), d), e) y f), del artículo 22 del presente reglamento.

Art. 31º Los postulantes que alcancen una vacante mediante cualquiera de las modalidades de admisión extraordinaria solicitarán a la Comisión de Admisión una constancia de ingreso, con la cual procederán a su respectiva matricula.

 

Art. 32º Un veinte por ciento (20%) de las vacantes ofrecidas en cada carrera profesional serán destinadas a postulantes por la modalidad de exoneración del examen de admisión. La redistribución de esta cantidad por carrera profesional y por modalidad lo acuerda la universidad solicitando al CONAFU su autorización para implementarlo.

Art. 33º Las pruebas de evaluación especial para los postulantes por la modalidad de Concurso de Admisión Extraordinario se aplicará en fecha y lugar que la Comisión de Admisión señale oportunamente.

 
 
CAPITULO  VI

DEL CENTRO PREUNIVERSITARIO

 

Art. 34º Se concederá el 25% del total de vacantes ofrecidas de cada carrera profesional para el ingreso por la modalidad de concurso de admisión mediante el centro preuniversitario, siempre que se compruebe una asistencia por lo menos del 85% de las clases dictadas en él y que además hayan sido sometidos a evaluación permanente y hayan obtenido nota aprobatoria.

Art. 35º Las vacantes para ingresar a la Universidad mediante esta modalidad serán cubiertas por estricto orden de mérito, siendo la nota mínima de 13 en la escala vigésimal.

Art. 36º Los postulantes que alcancen una vacante mediante el centro preuniversitario, solicitarán a la Comisión de Admisión una constancia de ingreso con la cual procederán a su respectiva matrícula.

Art. 37º Las vacantes que no sean cubiertas por cualquiera de las modalidades de admisión extraordinario o mediante el centro preuniversitario, se incrementarán a las vacantes por modalidad  ordinaria. Lo cual debe estar previsto en el cronograma del proceso de admisión.

 

 

CAPITULO  VII

 DE LA INSCRIPCIÓN AL CONCURSO DE ADMISIÓN

 

Art. 38º Los postulantes optarán por una sola modalidad e ingreso de las mencionadas en el artículo 9 de presente documento.

Art. 39º La inscripción del postulante al concurso de admisión es personal. Se identificarán con su DNI si son mayores de edad; en caso de menores de edad se le solicitará identificarse con su partida de nacimiento o boleta de inscripción. Los miembros de las FFAA y PNP se identificarán con su carne de identidad; los extranjeros con su carné de extranjería o pasaporte con visa de residente o estudiante.

Art. 40º El calendario de inscripción, las fechas y los lugares en los cuales se rendirá el examen serán invariables y anunciados mediante avisos.

Art. 41º Para inscribirse el postulante deberá presentar una carpeta de postulante con los siguientes documentos:

  1. Solicitud de inscripción en formato entregado por la universidad.
  2. Formulario de inscripción correctamente llenado.
  3. Partida de nacimiento original.
  4. Certificado de estudios  de educación secundaria o copia simple por la correspondiente USE o por la dirección regional de educación.
  5. Copia del DNI (boleta, LM). Presentar original para verificación.
  6. Declaración jurada de no tener antecedentes penales o judiciales.
  7. Comprobante de pago por derecho de inscripción de acuerdo a la modalidad a la cual postula.
  8. 3 fotografías tamaño carné.

Art. 42º Al momento de su inscripción el postulante presentará los documentos aludidos en el artículo 41, sin borrones ni enmendaduras, no pudiendo agregar o retirar documentos durante el proceso. No hay inscripciones provisionales ni se aceptará documentación incompleta.

Art. 43º Al inscribirse el postulante recibirá un carné de identificación que deberá presenta el día del examen de admisión además del documento de identidad.

Art. 44º La inscripción de los postulantes se efectuará por carreras profesionales. Realizada, no se acepta cambio alguno, ni se devolverá los importes por derechos abonados

Art. 45º Si el postulante extraviase su carne puede solicitar duplicado hasta dos días antes del examen presentando los siguientes documentos:

  1. Solicitud dirigida al presidente de la Comisión de Admisión
  2. Recibo de pago por derecho de duplicado de carné

 Art. 46º Suscribir falsa declaración jurada, dará lugar a la anulación del expediente del postulante para todos sus efectos, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones legales correspondientes

 

CAPITULO  VIII

 DEL EXAMEN DE ADMISIÓN

 

Art. 47º La prueba general de admisión en todas las modalidades,  a las que se refiere el presente reglamento a excepción de la modalidad de ingreso por el centro preuniversitario de la Universidad será de tipo objetivo y calificación anónima.

Art. 48º El examen de admisión ordinario consta de una prueba de aptitud académica y de conocimientos. La elaboración y aplicación de examen de admisión es responsabilidad  de la Comisión de Admisión en coordinación con los responsables de carrera o coordinadores de facultad, según sea el caso.

Art. 49º La prueba del examen de admisión se aplicará en una sola fecha. En ningún caso se concederá nueva fecha a los postulantes que no presenten o que lleguen tarde el día y hora fijada.

Art. 50º En garantía de transparencia o imparcialidad por ningún motivo se permitirá el ingreso de los postulantes que lleguen después de iniciado el examen.

 

CAPITULO  IX

 DE LA CALIFICACIÓN DEL EXAMEN DE ADMISIÓN

 

Art. 51º El procesamiento de calificación de elaboración de los cuadros académicos se efectuará a través de un sistema electrónico computarizado. El puntaje mínimo aprobatorio para ser admitido a la Universidad  será la media de las notas obtenidas por todos los postulantes de cada carrera profesional.

Art. 52º La ponderación que se da a cada Sección de la Prueba de Admisión, es la siguiente:

CARRERAS PROFESIONALES

SECCION CIENCIAS

SECCION LETRAS

TOTAL EN PUNTOS

ALG.

ARIT.

GEOM.

RAZ. MAT.

LENG. Y LIT.

GEOGRAF.

HIST.

ECON. POL.

EDUC. CIV

FILOS.

01. INGENIERIA DE SISTEMAS Y SEGURIDAD INFORMÁTICA

10

10

10

30

10

5

10

5

5

5

100

02. CONTABILIDAD ADMINISTRATIVA Y AUDITORÍA

10

10

10

30

10

5

10

5

5

5

100

03. INGENIERÍA   COMERCIAL

10

10

10

30

10

5

10

5

5

5

100

04. ADMINISTRACIÓN HOTELERA Y ECOTURISMO

5

5

5

15

20

10

10

10

10

10

100

05. CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD

5

5

5

15

20

10

10

10

10

10

100

 

Art. 53º La relación de ingresantes a la universidad se proporcionará en estricto orden de mérito, para cada una de las carreras profesionales, y estará debidamente refrendada por la Comisión de Admisión y por el Representante del CONAFU para ser publicada en los locales de la universidad y mediante la pagina web de la universidad, dentro de las 12 horas siguiente de la recepción de la prueba del mencionado examen.

Art. 54º El postulante que haya logrado una vacante en el concurso de admisión solicitará a la Comisión de Admisión la constancia de ingreso con la cual procederá a su respectiva matrícula.

Art. 55º Los postulantes que no alcancen una vacante en el concurso de admisión por cualquiera de las modalidades, tendrán un plazo de 30 días contados a partir de la publicación de los resultados para solicitar a la oficina central de admisión la devolución de los documentos personales que entregaron al inscribirse.

 

CAPITULO  X

 DE LAS SANCIONES

Art. 56º Cualquier falta o infracción cometida por el postulante durante el proceso de admisión, dará lugar a la anulación de la inscripción y registro respectivos para todos sus efectos sin perjuicio de la aplicación de las acciones legales correspondientes.

Art. 57º El postulante perderá  su derecho a participar en el proceso si incurre en alguna de las faltas siguientes:

  1. Ser suplantado por otra persona o suplantar a un postulante en el examen.
  2. Participar en la sustracción de prueba de admisión.
  3. Presentar documentos falsos o adulterados en la inscripción o en algún acto posterior.
  4. Proporcionar datos falsos.
  5. Atentar contra la integridad y honorabilidad  de los miembros de la universidad o contra el patrimonio de la misma.
  6. Perturbar el proceso en cualquiera de sus etapas, mediante cualquier tipo de    que atente contra su normal desarrollo.
  7. En general toda muestra de indisciplina o acto doloso en cualquiera de las etapas del proceso de admisión será causal de eliminación inmediata del postulante.

Art. 58º La Universidad inhabilitará para postular nuevamente a quienes incurran en lo señalado en el articulo 57 del presente reglamento, independiente de las acciones legales a que haya lugar y si el implicado fuera miembro de la comunidad universitaria (alumno, administrativo o docente) será denunciado y sancionado con la separación o destitución de la universidad

 

 

CAPITULO  XI

DISPOSIONES COMPLEMENTARIAS

Art. 59º Los postulantes que ingresaron a la universidad mediante la modalidad  de concurso de admisión extraordinario señalado en el inciso b) del artículo 9 del presente reglamento, podrán solicitar las convalidaciones de asignaturas ante la respectiva carrera profesional en concordancia con el articulo 56 de la ley universitaria 23733.

Art. 60º La Comisión de Admisión será responsable del cumplimiento del presente reglamento y los casos no previstos en el presente reglamento serán resueltos por la Comisión de Admisión.

 
 
 
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